
“Esta ley supone el borrado de las categorías deportivas femeninas. La aceptación de hombres autoidentificados como mujeres en estas categorías deportivas impide a las mujeres competir en igualdad de condiciones. Vulnera el principio de igualdad material recogido en nuestra Constitución. Se compromete el derecho a la integridad física de las mujeres al incrementar el riesgo de padecer lesiones graves al tener que competir o entrenar con varones autoidentificados como mujeres, es decir, con personas más fuertes y corpulentas«.
Fuente: Contraborrado